Orden de vedas de Extremadura para la temporada cinegética 2026/2027

Conejo de monte

Orden de vedas de Extremadura para la temporada cinegética 2026/2027

Mérida, 27.03.26 – El DOE nº 60, de 27-03-2026, publica la Resolución de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2026-2027.

  • La caza menor, con carácter general, abarcará desde el 12 de octubre hasta el 6 de enero de 2027.
  • Monterías, ganchos y batidas comenzarán el 10 de octubre y finalizarán el 21 de febrero de 2027.
  • Ciervo, gamo, jabalí, montés, muflón y arruí en recechos ordinarios, de gestión y esperas: las fechas varían en función de la especie y el tipo de coto cerrado o abierto. Ronda al jabalí: mediante autorización.

El resumen de los periodos hábiles 2026/2027 se puede consultar en este enlace.

 

Periodos y días hábiles para la celebración de recorridos de caza en 2026/2027

El DOE nº 60, de 27-03-2026, también ha publicado los periodos hábiles para la celebración de los recorridos de caza durante la temporada cinegética 2026/2027, considerándose hábil su realización todos los días de la citada temporada, sin perjuicio de las limitaciones que puedan derivarse por motivos de conservación, normativa sobre especies y zonas protegidas, seguridad y de la necesidad de contar con las autorizaciones administrativas que en otro orden puedan corresponder.

 

Fotografía: cortesía de Alejo Leal.

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